Constituyen la comisión mixta que deberá analizar la nueva fórmula de aumentos a jubilados

Carlos Riedel17 mayo, 2020

Por Silvia Rajcher https://www.telam.com.ar/... Uno de los primeros temas que deberá resolver esa comisión es si suspende por otros seis meses la ley de movilidad que vence en junio, o bien avanza con celeridad para aprobar una ley que establezca un nuevo cálculo para actualizar jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares.

El Ministerio de Trabajo de la Nación convocó para mañana a constituir la comisión de funcionarios y legisladores que deberá analizar la nueva fórmula de aumento de los haberes de jubilados y pensionados.

Uno de los primeros temas que deberá resolver esa comisión es si suspende por otros seis meses la ley de movilidad que vence en junio, o bien avanza con celeridad para aprobar una ley que establezca un nuevo cálculo para actualizar jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares.

La Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva suspendió por 180 días la movilidad jubilatoria que había impuesto el gobierno de Mauricio Macri y estableció la conformación de una comisión para analizar un nuevo sistema.

En ese contexto, el gobierno decidió otorgar para el primer trimestre del año un aumento de 1.500 pesos y una suma variable de 2,3%. En el caso de las jubilaciones y pensiones mínimas, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y demás asignaciones familiares hubo un aumento del 13%.

El presidente de la comisión de Previsión Social de la Cámara de Diputados, Carlos Casaretto, dijo a Télam que "mañana se constituye la comisión y vamos a empezar a trabajar en la formula nueva, ya que para dictaminar tenemos más de un mes de tiempo por delante", al referirse a los plazos del Congreso Nacional.

Dijo que mañana van a escuchar a los funcionarios para determinar "cuales son las mejores alternativas" para aplicar, ya sea "sancionando una nueva ley u otorgando una prórroga, porque nosotros vemos que todas las variables económicas para calcular una fórmula están alteradas, tanto la recaudación impositiva y previsional como los salarios de los trabajadores".

Recordó que el gobierno, con la suspensión de la movilidad, "ya dispuso en marzo el aumento por decreto, lo volverá hacer de nuevo en junio, con lo cual nos quedará definir como se hacen los aumentos de septiembre y diciembre".

Desde Juntos por el Cambio, el radical Alejandro Cacece señaló a Télam: "nos opusimos a ello en diciembre y nos oponemos ahora a que el gobierno pueda definir los aumentos por decreto" y señaló que "la ley planteó un plazo de 180 días, y ese vence el 20 de junio".

Agregó que "hay que cumplir con ese mandato, o debe volver a manos del Congreso la definición. La movilidad es un derecho constitucional y debe ser reglamentada por ley".

La comisión que se reunirá en formal virtual mañana a las 16 será conducida por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y estará integrada por funcionarios del Ministerio de Economía y las autoridades de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Previsión Social de las dos cámaras legislativas.

Por Diputados la integrarán los presidentes de las comisiones de Presupuesto, Carlos Heller (Todos); de Previsión Social, Carlos Casaretto, y los vicepresidentes de esos dos cuerpos, Luciano Laspina (PRO) y Alejandro Cacace (UCR).

También la componen el titular de la comisión de Análisis y Seguimiento de las Normas Tributarias y Previsionales, Luis Pastori (UCR) , y la vicepresidenta Hilda Aguirre.

Por el Senado estarán los presidentes de las comisiones de Presupuesto, Carlos Caserio (Frente de Todos) y de Trabajo y Prevision, Daniel Lovera (Frente de Todos) y los vicepresidentes Esteban Bullrich (Pro) y María Belén Tapia (UCR).

La ley estableció en su artículo 55 la suspensión por 180 días de la movilidad jubilatoria, la que había sido aprobada en diciembre de 2017 y por la cual el porcentaje para calcular el aumento era un promedio que tenía como base el 70% del indice de precios y un 30% de la evolución salarial.

El actual gobierno estableció que durante el plazo de 180 días el Poder Ejecutivo Nacional debe fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales, correspondientes al régimen general de la ley 24.241, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos.