La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de oliva, una cerveza artesanal Sin TACC y también un aceite de nuez, nueces riojanas y harina de nuez de una empresa de La Rioja.
En el primer caso, la disposición 664/2018 publicada en el Boletín Oficial prohíbe la comercialización del producto “Aceite de Oliva”, El Federal, RNE N° 0400462, RNPA N° 04052942, elaborado y fraccionado por Fincas de Cruz del Eje, Ruta Nacional N° 38 Km 126.2 Cruz del Eje, Córdoba. La disposición indica que el producto no cumple con la legislación alimentaria vigente. Según la investigación realizada por la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba tanto el RNE como el RNPA eran inexistentes. Al carecer de autorizaciones de producto y de establecimiento, y estar falsamente rotulado, el producto resultó ser ilegal, por lo que se prohibió su comercialización en todo el territorio nacional resultando ser en consecuencia ilegal.
En cuanto a la cerveza artesanal, la disposición 647/2018 informa que el Departamento de Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia respecto del producto : “Cerveza artesanal, Libre de Gluten, marca Club Polskie”, el cual no consigna en su rótulo registros de producto alimenticio ni de establecimiento y presenta el símbolo “SIN TACC” y se encontraba a la venta en el establecimiento Dietética Rojas, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

