Las resoluciones y comunicaciones emanadas del Honorable Concejo Deliberante en la sexta sesión ordinaria correspondiente al mes de Junio.
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 – H.C.D. 199/12.-
VISTO:
La necesidad de iluminar convenientemente los ingresos a las zonas urbanas, extraurbanas y productivas desde las Rutas Nacionales que estructuran el Sector continental del Partido de Zárate y que se detallan gráficamente en el plano que, como Anexo, forma parte de la presente; y,
CONSIDERANDO:
Que el tema fue planteado en distintas oportunidades ante las autoridades nacionales pertinentes y las empresas concesionarias de los corredores viales que atraviesan nuestro territorio, habiéndose obtenido concreciones parciales sobre el particular planteado.
Que de implementarse en su totalidad los requerimientos expuestos en el Visto, ello contribuirá a favorecer la accesibilidad vehicular – a las zonas urbanas, extraurbanas y productivas – en condiciones de mayor seguridad para nuestros vecinos y usuarios en general y, al mismo tiempo, mejorar las condiciones de ingreso a sitios de interés nacional.
Por ello el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE º ZÁRATE en uso de sus facultades sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N Nº 2 3 0 5.-
ARTÍCULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate se dirige al Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios de la Nación para que disponga las actuaciones necesarias tendientes a lograr la adecuada iluminación de las rutas nacionales, que atraviesan el sector continental del Partido de Zárate, en su intersección con los accesos a zonas urbanizadas, semiurbanizadas e industriales y que son las que a continuación se detallan: a) Ruta Nacional Nº 9 y su intersección con el acceso pavimentado a la Zona Industrial Nordeste y sector de puertos de ultramar radicados en la misma; b) Ruta Nacional Nº 9 y su cruce con el acceso a la estación LAS PALMAS - recientemente pavimentado -, zona en la que se hallan radicados precintos industriales y significativa actividad agropecuaria como, así también, emprendimientos residenciales extraurbanos; c) Ruta Nacional Nº 9 y su intersección, a la altura del km 100, con el acceso pavimentado a la localidad de Lima y, aún hoy, paso obligado a las Centrales Nucleares Atucha I y II; d) la Ruta Nacional Nº 9 y su intersección, en el km 103, con el camino de vinculación a las Centrales Nucleares - en proceso de pavimentación - ; e) la Ruta Nacional Nº 193 y su intersección con el camino Zárate – Capilla del Señor y con la zona residencial extraurbana de LA FLORIDA y entorno inmediato y f) la Ruta Nacional Nº 193 y su intersección con el acceso a Escalada, declarado Pueblo de Interés Turístico.----------------------------
ARTÍCULO 2º.- Envíese copia de la presente Resolución a las empresas concesionarias de los corredores viales Nº 9 y Nº 193.--------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º.- Dése a difusión a través de los medios de Comunicación Social del Partido de Zárate.------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate a los siete días del mes de Junio de dos mil doce.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 – H.C.D. 200/12
VISTO:La problemática situación planteada por vecinos en relación al estado de conservación de la calle Agustín Álvarez – entre calles Pellegrini y Sargento Cabral y la calle Bernardo de Irigoyen - entre calles Agustín Álvarez e Islas Malvinas -,del barrio Villanueva, ciudad de Zárate; y,
CONSIDERANDO:
Que se realizó un recorrido y relevamiento fotográfico de la calle Agustín Álvarez – entre calles Pellegrini y Sargento Cabral - y de la calle Bernardo de Irigoyen - entre calles Agustín Álvarez e Islas Malvinas -, verificándose el deterioro señalado por vecinos del barrio, sumándose a ello la falta de mantenimiento programado por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que la situación de deterioro de la calzada, sumado a la ausencia de luminarias –producto de vandalismo- dificulta principalmente, el tránsito en condiciones seguras de vehículos que a diario tienen que circular por las referidas calles.
Que, en atención a lo establecido en el Artículo 27º.- Texto según Decreto -Ley 9117/78 corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar la conservación de calles.
Por ello el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ZÁRATE en uso de sus facultades sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N Nº 2 3 0 6.-
ARTÍCULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para requerirle que, a la brevedad posible, intervenga en la calle Agustín Álvarez- entre calles Pellegrini y Sargento Cabral- y la calle Bernardo de Irigoyen - entre calles Agustín Álvarez e Islas Malvinas - del barrio Villanueva de la ciudad de Zárate y realice, a través de un plan de mejoras y de mantenimiento programado, las siguientes acciones:
- Limpieza y desmalezamiento de todo el sector.
- Reparación integral y/o pavimentación de la calzada.
- Limpieza de zanjas y conductos pluviales.
- Toda otra acción de higiene, salubridad e infraestructura urbana que sea necesaria para mejorar las condiciones ambientales y urbanas y la calidad de vida de los vecinos.
ARTÍCULO 2º.- Dése a publicidad a través de los medios de comunicación social del Partido de Zárate.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate a los siete días del mes de Junio de dos mil doce.--------------------------------------------------------------------------------------------------
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 – H.C.D. 190/12.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 3537; y,
CONSIDERANDO:
Que la misma define expresamente las condiciones que deberán exigirse para su habilitación e instalación
Que desde su sanción se han instalado una cantidad de nuevas torres, monopostes y/o mástiles en el Partido de Zárate.
Que este Cuerpo considera de suma importancia contar con la información que se requiere.
Que es un deber del Departamento Ejecutivo Municipal contestar cada uno de los pedidos de este Honorable Cuerpo,
Que incluso, es derecho de toda persona física o jurídica acceder a documentación administrativa, tal cual lo dispone la ley 12475, como así también a nivel local la Ordenanza Nº 3736/08.
Que la misma ley prevé el procedimiento para acceder a la información, como así también las acciones a seguir en caso de denegatoria de las autoridades.
Por ello el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE en uso de sus facultades sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N Nº 1 6 6 2 (Pedido de Informes).-
ARTICULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para solicitarle que con carácter de urgente, informe lo siguiente:
a) Cantidad de torres, monopostes y/o mástiles que se han habilitado desde la sanción de la Ordenanza hasta la fecha
b) Cantidad de torres, monopostes y/o mástiles que se han instalado efectivamente desde la sanción de la Ordenanza, en cada zona autorizada (Zona Industrial I (II), Zona Industrial 2 (I2), Zona de Equipamiento Industrial (EI), Zona de Banda de Circulación (BC) y Zona Agropecuaria (A)
c) Nómina de los titulares que han solicitado los trámites de habilitación.
d) Estadísticas de inspecciones realizadas
e) En caso de que hayan dejado de cumplir función, ¿Cuántas han sido desmanteladas?
f) Montos recaudados por derechos de construcción abonados por los solicitantes de la instalación
g) Importe recaudado por el canon anual por el emplazamiento de estructuras soportes de antenas.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º.- Dese a publicidad a través de los medios de comunicación social.--------------------------
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate a los siete días del mes de Junio de dos mil doce.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 – H.C.D. 193/12.-
VISTO:
El anuncio de venta de lotes en diversos emprendimientos localizados en áreas urbanas y complementarias del Partido de Zárate - que puede leerse en el diario “La Voz”, de fechas 1º y 2 de junio del año en curso y en los que no se indica si los mismos cuentan con el correspondiente visado municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que el Código de Planeamiento del Partido de Zárate establece en su CAPITULO 6 – NORMAS DE PROCEDIMIENTO, Título 6.1. URBANIZACIONES Y SUBDIVISIONES los trámites a realizar para la aprobación de tales emprendimientos.
Que específicamente el Artículo 6.1.4. Aprobación del Proyecto textualmente señala: “Cumplimentados los trámites descriptos, corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal aprobar la subdivisión proyectada. Otorgada la resolución aprobatoria, el propietario presentará los planos de subdivisión para la visación municipal”.
Que en atención a lo expresado en el Visto y los Considerandos anteriores, se estima pertinente que este Honorable Cuerpo tenga información oficial, emanada del Departamento Ejecutivo Municipal, acerca de la documentación técnica y trámite de factibilidad de dos loteos localizados en las áreas urbanas y complementarias del Partido de Zárate, frecuentemente publicitados en los medios de comunicación locales sin indicación de la Resolución de factibilidad pertinente.
Que por todo lo expuesto precedentemente y lo que dispone el Artículo27º de la Ley Orgánica de Municipalidades 6769/58 corresponde que
Por ello el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE en uso de sus facultades sancione la siguiente
C O M U N I C A C I O N Nº 1 6 6 3 (Pedido de Informes)
ARTÍCULO 1º.- Que en virtud de haber tomado estado público, a través de los medios de comunica- -------------------- ción social, el anuncio de venta de lotes en diversos emprendimientos localizados en las áreas urbanas y complementarias del Partido de Zárate y en los que no se indica si los mismos cuenta con el correspondiente visado municipal, es de toda necesidad para este Honorable Cuerpo conocer lo siguiente:
- Nomenclatura Catastral de todos los emprendimientos de subdivisión que se encuentran en marcha en las áreas urbanas y complementarias del Partido de Zárate.
- Titularidad del dominio y sus condiciones.
- Si se han cumplimentado los trámites correspondientes a la prefactibilidad y aprobación conforme lo establecido en el Título 6.1. URBANIZACIONES Y SUBDIVISIONES – CAPÍTULO 6: NORMAS DE PROCEDIMIENTO del Código de Planeamiento del Partido de Zárate y, también, en toda otra normativa en vigencia relacionada al tema.
- Áreas municipales a cargo de la tramitación.
- Si se ha otorgado autorización para realizar obras de construcción y/o demolición y/o de equipamiento general.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º.- Dése a conocimiento de los vecinos a través de los medios de comunicación social del Partido de Zárate.--------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate a los siete días del mes de Junio de dos mil doce.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 – H.C.D. 182/12.-
VISTO:
La presentación de Muestras de Arte , realizada por la artista plástica Martha María Manca, el día 15 de junio del corriente en el salón de actos de la Sociedad Italia de Socorros Mutuos de la Localidad de Lima, en conmemoración al 124º Aniversario de la fundación de esta localidad, y,
CONSIDERANDO:
Que, se trata de una exposición realizada por una artista plástica local nacida en la localidad de Lima, que contribuye constantemente con la Cultura Local y Regional, integrante de la Comisión Directiva de la SAAP (Sociedad Argentina de Artistas Plásticos).
Que La SAAP respalda la muestra dando el aval y reconociendo a la amplia trayectoria Cultural en nuestra ciudad de la mencionada artista.-
Que la Artista además de su actividad profesional, desarrolla la docencia a través de dos Talleres de Arte, denominados “Pasillo del Arte”, que actualmente funciona en Sociedad Italia de Socorros Mutuos de la Localidad de Lima ; “La Vida en Colores” situado en el Barrio Central Nuclear Atucha y un tercero en la ciudad de Zárate, que realiza en su domicilio particular, hecho éste que sintetiza la dedicación de la misma al crecimiento cultural de la comunidad.-
Que este tipo de evento fortalece e incentiva a los más jóvenes a incursionar en esta actividad, favoreciendo a los mismos en su crecimiento intelectual.
Que por todo lo antes dicho es un deber de éste H.C.D jerarquizar las actividades artísticas que merezcan el reconocimiento de toda la población.-
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N Nº 2 3 0 3.-
ARTÍCULO 1º.- Declárese de interés legislativo la muestra de Arte Pictórico a cargo de la artista Martha María Manca, a realizarse el 15/06/2012 en el Salón de Fiestas de la Sociedad Italia de la Localidad de Lima.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º.- Envíese copia a la artista y a los medios de comunicación social del distrito.------------
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate a los siete días del mes de Junio de dos mil doce.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 – H.C.D. 192/12.-
VISTO:
El próximo llamado a Licitación para la Recolección de Residuos Domiciliarios; y,
CONSIDERANDO:
Que la recolección de residuos domiciliarios es un servicio fundamental que debe prestar el Estado a todos los ciudadanos.
Que en el actual Contrato de Recolección, existen sectores del Partido que no están contemplados dentro del mismo.
Que ante la proximidad del nuevo llamado a licitación para la recolección de los desperdicios, es importante contemplar todos los aspectos que sean necesarios para la optimización del servicio.
Que la incorporación de todos los sectores de la ciudad es de imperiosa necesidad.
Que la medición de costos del servicio debe medirse en función de la salubridad pública y no en meras cuestiones económicas.
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
R E S O L U C I O N Nº 2 3 0 4.-
ARTICULO 1º.- Solicitase al Poder Ejecutivo para que en el próximo llamado a Licitación para la Recolección de Residuos Domiciliarios se incorpore al Barrio “La Quebrada”, sito en el Km. 107 de la Ruta Nacional Nº 9; en la localidad de Lima.---------------------------------------------------------
ARTICULO 2º.- Infórmese a los vecinos del mencionado barrio en el artículo 1º.-----------------------------
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate a los siete días del mes de Junio de dos mil doce.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

