Reglamentan la Ley de Parto y Nacimiento Humanizado

Carlos Riedel2 octubre, 2015

La norma reconoce los derechos de las mujeres a recibir información antes, durante y después del parto, así como de elegir a la persona que la acompañe y la posición en la que quiere parir. También protege el derecho al contacto entre la madre y el bebé desde el primer minuto de vida.

Parto humanitario

A once años de su sanción, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Reglamentación de la Ley 25.929, de Parto Humanizado

La norma establece el derecho de las mujeres a la información y la libertad de elección; el trato digno y respetuoso; a ser acompañadas durante el parto, así como a mantenerse junto al recién nacido en la internación. También antepone el parto natural a las prácticas invasivas y de suministro de medicación.

Para su cumplimiento, las obras sociales y las prepagas deberán brindar obligatoriamente prestaciones relacionadas con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el posparto, que además se incorporan al Programa Médico Obligatorio.

El decreto permite especificar e instrumentar situaciones que en la Ley estaban expuestos de manera indeterminada. Por ejemplo, permite que la mujer esté acompañada por una persona de su confianza, no importa el parentesco, la edad o el género, y asegura que no podrá cobrársele arancel alguno por su permanencia en la misma habitación, antes, durante y después del parto.

El equipo de salud, por su parte, deberá informar de manera comprensible a la embarazada y a su grupo familiar sobre las posibles intervenciones, especificando efectos, riesgos, cuidados y tratamientos para que ellas elijan con libertad el lugar y la forma en la que va a transitar su trabajo de parto y la vía de nacimiento. La decisión, de hecho, deberá constar en la institución médica.

Para favorecer el vínculo con el bebé, el equipo de salud deberá fomentar el contacto entre la madre y el recién nacido desde el momento del nacimiento, independientemente si fue parto natural o cesárea. El decreto obliga además a los servicios de internación neonatal, aún en sus áreas de terapia intensiva, a brindar acceso sin restricciones a las madres y los padres, permitiendo el contacto físico.

En cuanto a la lactancia, se deberá brindar a la mujer las condiciones necesarias y adecuadas para que pueda amamantar desde el primer momento.

La publicación del decreto de reglamentación en el Boletín coincide con el lanzamiento del primer Observatorio de Violencia Obstétrica el próximo martes 6 de octubre, en el Cabildo.

El proyecto, impulsado por la Organización Las Casildas junto al Consejo Nacional de Mujeres (CNM), cuenta con una primera herramienta, una encuesta confeccionada por distintos profesionales, que ya se aplicó en forma piloto en la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires, San Luis y Misiones.

El observatorio se suma así a la Campaña "Antes, durante y después del embarazo ¡tenés derechos!", que impulsó el CNM este año. «

Compañía

La negación a ingresar acompañada al parto, sobre todo en los partos por cesárea, es el motivo más frecuente de denuncia de violencia obstétrica, precisó Perla Prigoshin, titular de la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género.