ANSES: posible sanción de una nueva ley de moratoria para jubilados y pensionados

Federico Doello17 septiembre, 2020

Por Dra. María Laura Chouhy

Ante las noticias de los últimos días sobre la posible entrada en vigencia de una nueva ley de moratoria previsional, es necesario arrojar luz a toda la información que estamos percibiendo.

Los trabajadores autónomos o en relación de dependencia que reúnen los requisitos de edad para una jubilación o pensión por fallecimiento de un trabajador, pero no tienen la cantidad de aportes necesarios para jubilarse, pueden hacerlo a través de la compra de los mismos con la adhesión a una moratoria, que les permite completar los años faltantes.

A esta posibilidad de jubilarse sin cumplir con la totalidad de los requisitos que impone la ley para ello, se lo llama “moratoria previsional”. En este momento están vigentes varias moratorias, entre ellas la “Ley 24.476” y la “Ley 26.970”, esta última permite comprar años de aportes hasta diciembre del año 2003 y está vigente hasta el 23 de julio de 2022.

Sin embargo, ambas quedaron prácticamente en desuso. Una consulta recurrente en nuestro estudio es por ejemplo sobre mujeres u hombres que hoy tienen la edad para jubilarse, 60 y 65 años respectivamente, pero no llegan a la cantidad de años de aportes requeridos por la ley, sólo pueden “comprar” aproximadamente 25 años en el caso de las mujeres o 20 en el caso de los hombres, por ende, NO se puede jubilar, aunque la ley este en vigencia. Si tenemos en cuenta que una mujer nacida en el año 1960 cumplió los 18 años en el año 1978, del año 1978 al 2003 solo tenemos 25 años que podríamos comprar por esta moratoria.

Es decir, que con la ley que se encuentra en vigencia solamente se pueden jubilar las mujeres que tienen más de 5 años aportados del 2003 a la actualidad. Por ello es de vital importancia modificar esa fecha de límite de compra de años.

Por tal motivo, estas leyes hoy quedaron insuficientes, ya que muchos adultos mayores que no cumplen con los requisitos requeridos por la ley no pueden acceder al beneficio jubilatorio.

Ante esta situación, actualmente la ANSES está evaluando la posibilidad de una nueva moratoria jubilatoria, con el objetivo de permitir que personas que no cuentan con los 30 años de aportes puedan jubilarse. La misma probablemente se haga modificando el límite de fecha de compra de años de aportes de diciembre de 2003 a una fecha más próxima permitiendo de este modo alcanzar a comprar los 30 años necesarios.

Asimismo, se está evaluando la posibilidad de volver a poner en vigencia la jubilación anticipada, esto es para hombres y mujeres que cumplen con la cantidad de aportes requeridos para jubilarse pero no llegan a la edad. En éste caso, la jubilación tendría la particularidad que cobrarían el 50% del haber, teniendo como piso la jubilación mínima. Al cumplir la edad jubilatoria pasarían a cobrar el 100% de sus beneficios.

Aún se encuentra vigente la “Ley 27.260”, Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), sancionada en el año 2016, a la que acceden todas las personas con 65 años o más sin aportes o con aportes insuficientes para acceder a la jubilación ordinaria y que no perciban ningún otro beneficio. El monto mensual equivale al 80% del haber mínimo.

El derecho previsional es una rama muy específica con innumerables normas que van actualizándose constantemente, por lo cual es de vital importancia saber que para iniciar el trámite previsto en las moratorias se debe contar con determinadas herramientas y documentación que a veces puede requerir un tiempo prudencial de preparación, por ello es importante informarse y asesorarse con la debida anticipación y contar con el asesoramiento jurídico especializado, para realizar el trámite de jubilación o pensión. Por ello recurrir a los servicios de un abogado previsionalista marca la diferencia entre acceder o no al beneficio jubilatorio con tranquilidad, como así también obtener la prestación por el monto que corresponde y no un haber inferior.

Finalmente, si bien debemos esperar a que le den curso a la mencionada moratoria, consideramos que sería de suma importancia para éste momento crítico del país que muchos de nuestros adultos mayores puedan acceder a un beneficio jubilatorio a través de la sanción de ésta ley, teniendo en cuenta que la mayoría de ellos trabajaron durante toda su vida y no fueron regularizados correctamente en sus tareas.

Dra. María Laura Chouhy
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