Acoso Sexual y Violencia de Género (Parte II )

Carlos Riedel21 abril, 2014

Por Lic. Carlos Morató.....

violencia de género

Antes de comenzar con el segundo tramo de la Resolución 843/96 del HCD de Zárate resulta bueno establecer ante la opinión pública que en ella fue contemplado un criterio básico de la Política con mayúscula que es el de anticipación.

El devenir del tiempo lamentablemente ha dado su razón.

Hoy, hasta la violencia brutal en su reiteración cotidiana constituye un modo de acoso particular y social incluyendo en ella a la posibilidad cierta de muerte.

Es de incluir a la persistencia y agravamiento de la cultura narco y de algunos ejemplos de alguna contracultura banal y bananera aparentemente inocentona de algunos medios.

También a un acoso Judicial fundamentado en la inadecuación del Código Procesal Penal a la realidad vivida.

Los diferentes modos del acoso constituyen cohortes complementarias que se potencian mutuamente en sus efectos.

Resulta fácilmente perceptible el acoso derivado de contemplar que la frontera del delito integra parte del delito mismo.

Las múltiples manifestaciones de la corrupción son un ejemplo muy, pero muy poderoso. Avasallante quizás.

En la Resolución se contempló además la posibilidad de reconvertir al resguardo ético en una figura Jurídica punible de ser violentado. Quizás nuestros jóvenes puedan disfrutarlo.

Claro está que de seguir y persistir en este camino no alcanzarían las cárceles existentes ni las por crear ya que carecen de autenticidad, contenido y responsabilidad.

Esta situación constituirá lamentablemente otra modalidad del acoso a través de la convivencia forzada con personas aún no redimidas ante la sociedad ni ante Dios como sustento de la Ley Moral.

Constituyen muchas trampas de las cuales puede llegar a ser víctima cualquiera.

Quizás sea criticable mi visión trágica pero es leal y deposita esperanza en la esperable reacción de todos.

Después de estas disgresiones debemos proseguir en el enfoque central de la Resolución fundamentado esencialmente en la posibilidad del libre ejercicio de la autonomía individual tratando de desvirtuar la ignominia del acoso.

"Que la irrupción de tendencias destinadas a valorizar la vida humana por principios intrínsecamente económicos, a ser regulados sus intereses vitales por criterios preponderantemente economicistas o sectarios, a disminuir peligrosamente la eficiencia de los amparos jurídicos a la seguridad de bienes y personas amén de la intensificación de la discrecionalidad, apuntalando al mercado del favor y consolidando el deterioro progresivo del marco social de la igualdad de posibilidades, determinan al ser como unívocamente relegado en su dignidad de hoy y genéricamente en su destino de mañana dado el puro rigor materialista de desnudar las tendencias expuestas.

En lo esencial alteran los principios elementales de interdependencias por dependencia social, con las eventuales cargas potenciales del hostigamiento, la impunidad y el despotismo que conllevan y aportan incredulidad en el andamiaje de la representación social al quebrarse íntimamente su secuencia fáctica elemental de que toda unidad de acción debe ser precedida de la unidad de pensamiento que la justifique.

Que para el hombre, y determinado por la trascendencia de su espíritu, nada puede ni debe comenzar ni culminar en si mismo. Idealmente prosperar en hechos por la sintesis del pensamiento, de los sentimientos y de las convicciones consecuentes por sobre la índole de su instinto en un marco de amplias posibilidades de desenvolvimiento y como apretada síntesis de su libertad, la cual tiende a ser coartada por el hostigamiento cotidiano condicionante del libre albedrío, entre diversas maneras por el establecimiento de la rigidez de un encasillamiento en eficiencias, formas, procedimientos y objetivos que comenten acoso impulsando a sometimientos y rebeldías, o quebrando voluntades, determinando convicciones e inclusive costumbres posiblemente asimilables como razones de la necesidad, o peor aún como objetos de conocimiento.

Se niega el yo y se determina en síntesis la claudicación del ser ante las razones del poder, deformando las posibilidades de una adecuada selección y delegación del propio por la asignación de valores desvirtuados que como razón social determinan la capacidad de algunos para decidir el destino de otros y por ende de su estado de felicidad; un absurdo así establecido sobre la base de lo que configura un derecho natural no pasible de limitación por hombre alguno.

Que no adecuar la intensidad y calidad de las señales que permitan aprehender a futuro moldes éticos que puedan establecer una adaptación posible y general, significará abrir el camino de la incertidumbre con su carga de renunciamientos iniciales y de escepticismo e individualismo posteriores, retaceando la posibilidad de proyección espiritual y conformando un devenir social seudoanárquico sostenido en el temor alimentado en la humillación y el encono, enriquecido en el conflicto permanente como forma de estímulo y justificado en la costumbre como cuestiones de determinismo puro, manifestación postrera de la pobreza esencial de la raza.

Da justificación a un quehacer jurídico que lo advierta, prevenga y establezca los grados de responsabilidad de los muy variados actores sociales intervinientes y su individualización en las acciones que conduzcan a la alteración de los valores esenciales de la vida, evitando consolidar un conflicto determinado por su interpretación esencial, su calidad, trascendencia y significado, aplicable al eje embrión-feto-niño-adulto y ancianos identificados ala potencialidad para desarrollar acontecimientos diversos, tanto de orden biológico como material, tanto intelectuales como espirituales, que puedan otorgarse o ser cercenados".
.............................................................................................................................................................................................