Comunicado de la Agrupación Lista 5177 "Sentir del Abogado" sobre la situación del Tribunal de Trabajo Nº 3 de Campana

Carlos Riedel13 febrero, 2020

AGRUPACIÓN LISTA 5177 “EL SENTIR DEL ABOGADO” DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE ZARATE-CAMPANA

"Con motivo de la noticia de público conocimiento según la cual la Suprema Corte de Justicia Provincial dispuso 06/02/2020 el “apartamiento preventivo” por noventa días de las Magistradas Dra. JORGELINA HIDALGO y Dra. DANIELA SANDRA METTA del TRIBUNAL DE TRABAJO Nº 3 DE CAMPANA por supuestas graves irregularidades en el desempeño de sus funciones, los integrantes de la AGRUPACION LISTA 5177 “EL SENTIR DEL ABOGADO” con representación por la minoría en el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Zárate-Campana:

✓ Manifestamos nuestra profunda preocupación porque los hechos acontecidos comprometen la imagen del Poder Judicial y afectan la normal prestación del servicio de justicia en el Fuero Laboral Departamental al resentir el pleno y eficaz funcionamiento del nuevo Tribunal de Trabajo Nº 3 de Campana cuyo reciente inicio de actividades en Octubre de 2019 -su creación y puesta en funciones fue largamente reclamada por la comunidad jurídica local- venía a cubrir la necesidad de descongestionar la sobrecarga de tareas que afectaban a los Tribunales de Trabajo Nº1 de Zárate y Nº2 de Campana que resultaban insuficientes para atender la creciente conflictividad laboral de los trabajadores de Campana, Zárate, Escobar y Exaltación de la Cruz.

✓ Instamos a la Suprema Corte de Justicia y al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios al más rápido esclarecimiento de las irregularidades denunciadas y a la aplicación en su caso de las medidas que puedan corresponder y para asimismo normalizar con la mayor urgencia posible el funcionamiento de la dependencia sin resentir el funcionamiento de los demás organismos del fuero.

✓ Instamos al Consejo de la Magistratura y al Poder Ejecutivo Provincial a que aceleren el proceso de selección y nombramiento de los jueces del futuro Tribunal de Trabajo Nº4 de Escobar porque su puesta en funciones contribuirá asimismo a superar el “retroceso” que significa para el Fuero Laboral Departamental la anómala situación en se encuentra envuelto el Tribunal de Trabajo Nº3 de Campana.

✓ Al margen de los hechos acontecidos y de lo que finalmente resuelvan los organismos competentes sobre la suerte de las jueces involucradas, consideramos que ésta es una oportunidad propicia para reflexionar una vez más sobre los mecanismos de selección y nombramiento de magistrados y funcionarios judiciales, siendo la solvencia moral, la idoneidad y la independencia de los postulantes los criterios rectores para toda designación, debiendo priorizarse, satisfechos esos requisitos, la designación en profesionales radicados y de conocida trayectoria y experiencia en el Departamento Judicial donde ejercerán funciones, lo que permite a la comunidad en su conjunto conocer antes y después de su nombramiento a las personas sobre las cuales recaerá la enorme responsabilidad de impartir justicia sobre sus vecinos.

✓ Sin perjuicio del avance que significó la creación del Consejo de la Magistratura con la Reforma de la Constitución Provincial en 1994, instamos a los sectores involucrados, sin distinciones de partidos ni de ideas, a comprometerse a mejorar el procedimiento de selección y nombramiento de magistrados y funcionarios, para que prime siempre la solvencia moral, la idoneidad y la independencia como único norte en su elección, eliminando todo atisbo de política partidaria y de cualquier otro interés ajeno.

✓ Ratificamos una vez más la necesidad de que los Colegios de Abogados, como organismos que reúnen a los abogados de la matrícula representados democráticamente en sus Consejos Directivos y con representación en el Consejo de la Magistratura Provincial junto a los representantes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, mantengan y defiendan su independencia de la política partidaria y de cualquier otro interés ajeno a la defensa del superior interés de la justicia y del ejercicio profesional en defensa de los justiciables, lo que le otorgará mayor fuerza, libertad y credibilidad institucional ante los organismos competentes a la hora de apoyar a los mejores postulantes o de cuestionar a aquellos otros que por alguna razón no reúnen los méritos suficientes".

Dr. MARIANO MATZKIN (CAZC Tº1 Fº417) y demás integrantes de la AGRUPACIÓN “LISTA 5177 “EL SENTIR DEL ABOGADO”.